El análisis de la contratación pública, puede ser opaco, ante la ausencia, ambigüedad o fragmentación de la información. A través de la revisión del caso “¿La opacidad no siempre consiste en negar el acceso a los datos?”, se abordan prácticas que limitan la rendición de cuentas. A partir de este escenario, se propone examinar, en este Tema C, los tipos de adquisiciones y el marco normativo, en materia general y electoral, con el fin de identificar los desafíos que enfrenta la verificación del gasto público en contextos donde la integridad y la transparencia son fundamentales para garantizar la confianza ciudadana en instituciones democráticas como el INE.
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Fecha de publicación: 26 de junio de 2025.
Por Héctor Sebastián Arcos Robledo
Sobre el tema de Adquisiciones y con relación al caso “¿La opacidad no siempre consiste en negar el acceso a los datos?”, es importante reflexionar. Considera los siguientes planteamientos:
- ¿De qué manera influye una adecuada documentación del contrato de adquisiciones, en la capacidad de los ciudadanos para ejercer su derecho a la información?
- En tu experiencia, ¿cuáles son los riesgos institucionales y para la democracia implicados en el desconocimiento de la normatividad en un proceso de adquisición?
- Considerando lo anterior, ¿consideras que la opacidad en los procesos de adquisición puede ser una estrategia para eludir el escrutinio público?
En cada planteamiento, toma nota de tus respuestas y guárdalas para que las rescates para las actividades posteriores.
El concepto de adquisición es el acto jurídico por virtud del cual se adquiere el dominio o propiedad de una cosa o un bien (mueble o inmueble) a título oneroso o gratuito, a título singular o universal; en la administración pública el concepto de adquisiciones es muy amplio, engloba todas las acciones para suministrar bienes y proporcionar servicios para realizar las funciones sustantivas del Gobierno, lo que comúnmente se denomina adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, mismos que se definen de la siguiente forma: adquisición es la compra de cualquier bien mueble, el arrendamiento es el contrato por medio del cual se obtiene el uso y goce temporal de bienes muebles, y prestación de servicios la actividad organizada que se obtiene de una persona física o moral con el fin de satisfacer determinadas necesidades; estos conceptos se encuentran en el Artículo 2, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
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Ignacio Pichardo Pagaza define a la adquisición como la traslación del dominio de cualquier mercancía, materia prima o bien inmueble, de acuerdo con los medios o formas establecidas para ese efecto en la que el comprador es una dependencia o entidad del sector público.
El contrato de adquisición de bienes muebles e inmuebles, así contemplado en la Ley de Administración de Recursos Materiales, se puede definir, basándonos en el pensamiento de Jorge Fernández Ruiz, como el contrato administrativo en cuya virtud una persona llamada proveedor se obliga a transferir la propiedad de uno o varios bienes muebles, o inmuebles, a alguna dependencia o entidad de la administración pública local, para el logro de sus actividades y fines, quien a su vez se obliga a pagar una remuneración en dinero.
La adquisición se refiere a la forma en que las empresas obtienen los bienes y servicios que necesitan para las operaciones comerciales. Las adquisiciones efectivas son cruciales para que las organizaciones se cercioren de tener los recursos adecuados para operar de manera eficiente y cumplir con sus objetivos. La adquisición implica una serie de pasos que incluyen:
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Debido a que la racionalización de estos procesos puede aumentar la rentabilidad, el objetivo de las adquisiciones es obtener los productos o servicios necesarios al mejor valor posible y, al mismo tiempo, equilibrar factores, como la calidad y el tiempo de entrega. Es un proceso continuo: muchas empresas realizan comprobaciones periódicas de control de calidad y análisis de rendimiento, cuyos resultados pueden conducir a renegociaciones de contratos con proveedores o a la búsqueda de proveedores alternativos.
En las Normas de Información Financiera B-7, emitido por el Consejo Mexicano de Normas Información Financiera, se define a la adquisición de negocios como «la transacción por medio de la cual una entidad adquiere los activos netos de uno o varios negocios y obtiene control sobre los mismos. Incluye también todas las fusiones entre entidades independientes».