Tema A

A.4. Marco normativo vigente

En primera instancia es de suma importancia mencionar a la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI, por sus siglas en inglés) desde 1953 es una entidad independiente, progresiva, apolítica y que brinda apoyo en el intercambio de ideas, conocimientos y experiencias en el fortalecimiento de la fiscalización pública, que incluye el Control Interno dentro de un esquema de gobernanza de la función y de la probidad de la Administración Pública.

Asimismo, el desarrollo histórico del Control Interno, en conjunto con la Transparencia, Rendición de Cuentas, Auditoría y Fiscalización, se relaciona con el marco normativo jurídico. En este sentido, se enlistan las leyes emitidas en las materias mencionadas, puesto que son un preámbulo de la transición democrática, así como un reordenamiento administrativo estructural de la Administración Pública en México.

Leyes emitidas


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Actualmente, el marco normativo vigente del Control Interno está basado en el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que los órganos internos de control de la Administración Pública en sus tres áreas, la auditoría, las quejas y las responsabilidades. Asimismo, se establece el control y desempeño institucional para el seguimiento y evaluación general de la gestión, encabezados por el titular del Órgano Interno de Control (OIC).

Posteriormente surgió la necesidad de fortalecer la verificación y el cumplimiento mediante mecanismos que no solo supervisaran la actuación de las dependencias en tiempo real, sino que también permitieran evaluar de manera integral el uso de los recursos públicos. A continuación revisaremos la reforma emitida en 2015 con este fin.


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